E-FIRMA en el IMSS Dará Mayor Seguridad a las Empresas: Entrevista con C.P.C y P.C.SS. Miguel Ángel Silva Pedroza, Integrante del CCPM
El IMSS elimina el NPIE y obliga el uso de la E-FIRMA para todos los trámites electrónicos. A partir del 16 de julio se tendrán 90 días naturales para actualizar el sistema.
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FORUM NEWS.- En entrevista con la revista Forum News, el Foro de los Fiscalistas y Profesionales de México, el C.P.C y P.C.SS. Miguel Ángel Silva Pedroza, integrante de la Comisión Técnica de Seguridad Social del Colegio de Contadores Públicos de México (CCPM), señaló las implicaciones de ese cambio para empresas, patrones y contribuyentes de la siguiente manera:
“Para las empresas y/o personas físicas que son patrones ante el Seguro Social, implica un cambio importante en la forma que se comunican y gestionan algunos trámites ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), lo anterior, toda vez que antes utilizaban certificados digitales y ahora será la Firma Electrónica Avanzada (E-FIRMA) del representante legal de la empresa la única llave con la que lleven a cabo dichas gestiones.
“Como primer paso, las empresas deben vincular a su representante legal en el Escritorio Virtual”.
Forum News: ¿Se trata entonces de combatir fraudes o representa una nueva carga administrativa y un mayor control sobre los contribuyentes?
Miguel Ángel Silva Pedroza: Es una medida que dará mayor seguridad a las empresas, pues el uso de los certificados digitales en ocasiones era complejo, su renovación implicaba para las empresas acudir a las Subdelegaciones del IMSS y no era tan sencillo actualizarlas en línea.
Forum News: ¿Por qué el IMSS decidió desaparecer el uso del Número Patronal de Identificación Electrónica (NPIE) y su certificado digital para realizar actos ante esa autoridad?
Miguel Ángel Silva Pedroza: El uso de los certificados digitales funcionó durante muchos años, pero se basaban en uso de tecnología que ya era obsoleta (había que configurar los equipos de cómputo como si todavía funcionara “Internet Explorer”).
Se le preguntó ¿qué Implicación tendrá? A lo que respondió de la siguiente forma:
“Migrar al uso de la FIEL y dejar de utilizar el certificado digital del IMSS, implica una revisión por parte de los patrones de que su representante legal ante el Seguro Social tenga su firma electrónica asignada por el SAT y esté actualizada.
También se deberán actualizar las plataformas como IDSE (IMSS Desde Su Empresa), para que los patrones ahora presenten sus movimientos afiliatorios con la FIEL y no los certificados digitales…”.
— …Y ¿qué problemas buscan resolver con ese cambio?
— Esencialmente de seguridad en la información y hacer más eficiente la comunicación con los patrones.
PODRÍAN VERSE AFECTADAS LAS PRESENTACIONES DE LOS MOVIMIENTOS AFILIATORIOS
De no tener registrado al representante legal en el Escritorio Virtual y, por lo tanto, no tener su FIEL vigente, sí podrían verse afectadas las presentaciones de los movimientos afiliatorios de inscripción, bajas y/o cambios de salario de los trabajadores.
Por ello es que en la publicación del DOF del 16 de julio de 2026 se menciona un periodo de 90 días naturales a partir del inicio de vigencia, para que las empresas cumplan con ese importante cambio.
¿QUÉ PASA CON LAS MIPYMES?
Actualmente, aunque sea un micro y pequeño empresario el que deba cumplir con este cambio, desde hace varios años el SAT es quien mantiene comunicación con los contribuyentes a través de las FIEL, ya sea del representante legal y/o como empresa. Así que no se requerirá de tanta infraestructura para hacer frente a este cambio, dijo el especialista consultor.
Forum News: ¿Se está homologado la identidad digital entre SAT, IMSS e Infonavit?
Miguel Ángel Silva Pedroza: Sin duda así es y ha sido. Para muchas gestiones ante el Seguro Social y/o INFONAVIT, ya es necesario hacerlo mediante la FIEL, por mencionar algunos ejemplos:
Acceso al Buzón IMSS, se requiere la FIEL de la empresa.
Presentación del Dictamen en materia de Seguro Social, se requiere la FIEL del representante legal de la empresa.
Obtención de Opinión de cumplimiento de INFONAVIT, se requiere la FIEL de la empresa.
Tampoco dejemos de lado a la STPS, pues en materia de REPSE, la llave de acceso también es la FIEL de la empresa, concluyó.


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